Lunes 4 de febrero de 2013

Varios después de lo sucedido el pasado jueves, es necesaria una reflexión.

Quienes formamos parte del pleno estamos obligados a conocer su funcionamiento y las reglas que existen para su desarrollo. Una reglas que vienen recogidas en el marco legal (LRBRL y ROF RD 2568/1986)

Un pleno es el lugar en el que los concejales se pronuncian acerca de las propuestas que se someten a debate y hay tiempos marcados para ello. Además, hay una parte de la sesión dedicada a la fiscalización del equipo de Gobierno: los concejales de la oposición formulan sus Ruegos y Preguntas, durante el tiempo que en su día acordó la Junta de Portavoces, y al finalizar, la alcaldesa o los concejales delegados responden; o bien en ese momento, si disponen de los datos, o bien por escrito, antes de la celebración del siguiente pleno.

El respeto es, indudablemente, el eje fundamental. Las sesiones están dirigidas por quien preside el pleno, es decir, en nuestro caso, por mí, por la alcaldesa que es la máxima autoridad municipal.

Por respeto -precisamente por respeto a la propia institución y a quienes la componemos, y por respeto al público asistente y al que sin estar presente confía en el comportamiento de sus representantes- los concejales no pueden convertir una sesión plenaria en un espacio abierto a la provocación y a la bronca. Interrumpir, vociferar o insultar denota no solamente una preocupante falta de educación, sino un desprecio inadmisible hacia los demás concejales y hacia los vecinos.

Y eso es lo que ocurrió durante el último pleno (¡otra vez!)

El pasado jueves, el concejal «no adscrito», Sebastián Bosch, inició su turno de Ruegos y Preguntas (10 minutos) a voz en grito, tacahando de mentiroso al funcionario que había emitido el informe que él mismo había solicitado acerca de la reparación de la piscina. Y eso no es aceptable.  Tampoco lo es que en su diatriba contra el funcionario, no aceptara los ruegos de la presidencia del pleno para que cejara en su actitud. Mis ruegos se mezclaban con sus contínuas interrupciones. Una provocación en toda regla que solo contribuye a caldear los ánimos y a reventar las normas para el mejor desarrollo de la sesión.

Más tarde, el portavoz del PP, Alejandro Llácer, tuvo la oportunidad de formular sus Ruegos y Preguntas durante los 15 minutos que tiene asignados (como así se acordó en la Junta de Portavoces) Solo consumió 11 de esos minutos. No fue interrumpido en ningún momento y todos escuchamos respetuosamente lo que dijo.  Sin embargo, yo no  conté con su respeto a lo largo de lo que debería haber sido mi intervención para responderle.

Le recordé en varias ocasiones que no estaba en el uso de la palabra y le rogué que me dejara responderle. No era posible, cada palabra mía la respondía con el mismo insulto: «¡mentirosa!» Y cada frase que intentaba finalizar era interrumpida una y otra vez  por sus comentarios (eso sí, siempre fuera del micrófono para que la cámara no recogiera sus exabruptos).  En una actitud que solo cabe calificar de provocadora, el portavoz del PP no permitió que yo siguiera adelante.

Ante situaciones como ésta, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (RD 2568/1986), es clarísimo y tuve que aplicarlo.

Artículo 94.

1. Si se promueve debate, las intervenciones serán ordenadas por el Alcalde o Presidente conforme a las siguientes reglas:

a) Sólo podrá hacerse uso de la palabra previa autorización del Alcalde o Presidente.

[…]

e ) No se admitirán otras interrupciones que las del Presidente para llamar al orden o a la cuestión debatida.

Artículo 95.

1. El Alcalde o Presidente podrá llamar al orden a cualquier miembro de la Corporación que:

  1. Profiera palabras o vierta conceptos ofensivos al decoro de la Corporación o de sus miembros, de las instituciones públicas o de cualquier otra persona o entidad.
  2. Produzca interrupciones o, de cualquier otra forma, altere el orden de las sesiones.
  3. Pretenda hacer uso de la palabra sin que le haya sido concedida o una vez que le haya sido retirada.

2. Tras tres llamadas al orden en la misma sesión, con advertencia en la segunda de las consecuencias de una tercera llamada, el Presidente podrá ordenarle que abandone el local en que se esté celebrando la reunión, adoptando las medidas que considere oportunas para hacer efectiva la expulsión.

No es una situación agradable tomar la decisión de obligar a un concejal a que abandone el pleno. No lo es.  Pero las contínuas provocaciones y los desplantes pretenden convertir los plenos en un espacio vergonzoso. Y eso no lo voy a consentir porque así es como se daña el prestigio de las instituciones y de quienes formamos parte de ellas comportándonos con el decoro que merecen; y se resquebraja el respeto al público asistente y a todos los vecinos.

A la vista de su comportamiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95 (reseñado anteriormente), le pedí al portavoz del PP que abandonara el pleno. Sus compañeros de grupo decidieron acompañarlo y también el ex-alcalde y concejal «no adscrito».

De lo sucedido el jueves, debería concluirse que es necesaria una rectificación urgente y necesaria del comportamiento de algunos concejales. Porque la falta de respeto y la provocación desvirtúan la importancia de los plenos y causan el mayor de los daños: a río revuelto ganancia de pescadores… Y no, no todos los políticos somos iguales.

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