21 de febrero de 2009, sábado

Tal y como el alcalde en funciones, Javier Almela, me aseguró el jueves, ayer viernes a las 8 de la mañana Pilar y yo pudimos examinar los siguientes documentos en el Ayuntamiento:

  1. Una fotocopia, sin complusar, de los avales que la empresa URBANITE,SL tiene depositados en el departamento de Tesorería del Ayuntamiento. Dos avales de Bancaja de 400.00o y de 142.433,04 €uros respectivamente, y ambos constituidos el 28 de abril de 2006.
  2. Una fotocopia del convenio suscrito entre URBANITE y el Ayuntamiento, firmado el 2 de mayo de 2006.

De los avales, que suman 542.433,04€, la tesorería del Ayuntamiento emite un documento firmado el 18 de febrero de 2009.

La noticia que saltó a los medios de comunicación (Levante-emv, y El País) no era que el aval no existiera.

Lo que publicaron fue que el Registro de la Propiedad, hace año y medio, NO PERMITIÓ LA INSCRIPCIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DEL SECTOR RESIDENCIAL «EL BOVALAR», «porque en el proyecto no se acreditan los avales que debe prestar el Agente Urbanizador, URBANITE, SL, al Ayuntamiento de Rocafort, garantizando la urbanización«

Aún así, los concejales socialistas, tras leer la noticia del primer día, 16 de febrero de 2009,  publicada por el diario Levante quisimos asegurarnos de que el aval estaba depositado en el Ayuntamiento, de que la cantidad correspondía a la que había de ser y de que existía el convenio entre URBANITE y el Ayuntamiento. Presentamos un escrito solicitando toda esa información en el registro de entrada del Ayuntamiento el día 17.

Porque de ser así, ¿qué razones podría haber para que no estuviera acreditado ante el Registro de la Propiedad?

Ayer jueves 19, el PP en el Ayuntamiento, inundó Rocafort con carteles informativos que dicen, entre otras cosas que:

«En respuesta a las informaciones aparecidas recientemente en diferentes medios de comunicación escrita, en las que se realizan determinadas afirmaciones que resultan falsas y/o manipuladas, en relación al PDAI «El Bovalar», interesa aclarar una serie de puntos […]

1º […]

2º […]

El Registrador de la propiedad de Moncada, emitió nota de calificación de defecto, la cual tuvo entrada en este Ayuntamiento el 30 de diciembre de 2008, número de Registro de Entrada 7182. La calificación recoge 10 puntos a subsanar, y entre ellos no se encuentra la acreditación de existencia de aval del art. 29.8 de la LRAU» (Ley Reguladora de la Actividad Urbanística, 6/1994)

4º […]

Por parte de este Ayuntamiento se solicita a los medios de comunicación que han realizado las aseveraciones a las que se ha hecho referencia, que contrasten las informaciones que reciben, so pena de caer en errores o falsedades que bien pudieran ser consideradas como conductas punitivas»

Hasta aquí lo dicho por el Ayuntamiento.

¿Falsear un documento público es un delito? ¿Y difundirlo? Yo creo que sí, pero no soy quien debe decidirlo.

Yo me limito a contrastar lo que el Ayuntamiento dice públicamente (en la página web, y en los carteles que ha colgado) y que he transcrito textualmente en parte, en el párrafo anterior, y lo que tengo en mis manos, aquí y ahora.

Mi compañero Luis Linares, concejal del grupo socialista,  solicitó ayer jueves al REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MONCADA un Certificado de la situación registral del PAI de «el Bovalar» a día 19 de febrero de 2009, y de no estar inscrito, los motivos que lo impiden.

Ése es el documento público que tengo delante de mí, y que dice textualmente:

-En vista de la instancia suscrita por DON LUIS LINARES ASENSIO, he examinado en lo necesario el tomo 145 del libro Diario, asiento 213 de Reparcelación, obrando al folio 024, de ellos resulta, y CERTIFICO:

«Don […] en representación de URBANITE, SL, en su condición de agente urbanizador, presenta a las nueve horas cuarenta y cinco minutos, Certificación del Ayuntamiento de Rocafort de fecha 24 de octubre de 2007, junto con el Proyecto de Reparcelación del SECTOR RESIDENCIAL «EL BOVALAR» que comprende las siguientes fincas registrales del término de Rocafort: […]; y las siguientes fincas del término de Godella: […]

Al margen de sicho asiento [el 213] aparece la nota que copiada literalmente dice así:

Previo examen y calificación jurídica del documento objeto del citado asiento 213 del Diario 145, se resuelve SUSPENDER LA INSCRIPCIÓN SOLICITADA conforme a los HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO que seguidamente se detallan:

1) […]

2) En el proyecto no se acreditan los avales que debe prestar el Agente Urbanizador, URBANITE SL, al Ayuntamiento de Rocafort, garantizando la urbanización. Artículo 49 Ley 6/2005 30 de Diciembre, Ley Urbanística Valenciana.

[…] hasta 10

Montcada, 17 de diciembre de 2008.- Firmado: Solà. Rubricado»

Todo lo dicho se halla conforme con el asiento relacionado al que me remito, y para que conste expido la presente […] que firmo en Moncada, a las trece horas treinta minutos del día diecinueve de febrero de dos mil nueve.-

Y hasta aquí lo que de verdad certifica el Registro de la Propiedad de Moncada.

O sea, que queda claro que el aval NO CONSTA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. Y por mucho que el PP intente moldear a su gusto lo que es real y cierto, sin tener el mínimo reparo en manipular incluso lo que está escrito en documentos públicos si es necesario, la realidad es tozuda y tarde o temprano se manifiesta.

Cuando el alcalde me lea (y sé que los dos  lo hacen, el alcalde Almela -en funciones-, y Bosch -parece ser que de vacaciones-)  seguro que sabe que lo que acabo de escribir es irrefutable. Porque si este PAI acumula despropósitos desde su inicio, no será ésta  la primera vez que lo demostremos.

Las actuaciones irregulares de este Ayuntamiento, con sentencias judiciales firmes en algunos casos; y en otros, con diligencias abiertas en el Tribunal de Cuentas de España, en la Sindicatura de Cuentas de la Generalitat, en el Tribunal Contencioso-Administrativo, y en la Fiscalía, no admiten demasiadas dudas acerca de su comportamiento conforme a la legalidad vigente.

Porque de su comportamiento ético, de ése ni hablamos.